Terraza en ático: ¿sólo es para uso y disfrute o es propiedad como garaje o trastero?

Tema en 'Decorar áticos con plantas' comenzado por CGA, 6/7/07.

  1. CGA

    CGA

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    Acabo de plantear esto en otro hilo y luego me he dado cuenta de que a lo mejor lo más oportuno es plantearlo como un tema nuevo.

    Alguien sabe si en la escritura pone que el piso tiene un anexo de tales metros (siendo ese anexo la terraza, claro) ¿quiere eso decir que la terraza es propiedad tuya como si fuese un trastero o una plaza de garaje o sólo tienes derecho al uso y disfrute?
    Es que me han dicho en la constructora que eso va a decir mi escritura y me preguntaba cómo se podía interpretar.

    Gracias a cualquiera que pueda ayudarme a interpretarlo.
     
  2. pilva_gc

    pilva_gc

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    Hola
    Te comento sobre el caso que más conozco, el mío;) o sea, mi azotea. También vivo en un ático, y aunque en las escrituras no ponía nada, en la división horizontal del edificio el contratista que la hizo y luego vendió cada piso, puso que cada ático tendría el uso y disfrute de la parte de la azotea correspondiente. Eso ya sí se incluyó en las escrituras de los áticos que se vendieron después.
    Yo entiendo que los anexos son propiedad, no sólo uso y disfrute, puesto que todo lo demás del edificio será de propiedad comunitaria y uso común (no exclusivo por ningún vecino en particular.... véase los patios que ocupan abusando algunos vecinos:icon_rolleyes: .
    Tal y como tú dices, el anexo es como una plaza de garaje, o trastero. En mi comunidad, hay unos apartamentos que disponen de unos anexos, que son unos cuartitos en cada piso donde antes estaba el hueco del ascensor que se suprimió.
    Cuando se constituya la comunidad de ustedes, supongo que se pondrá en algún apartado.

    Un saludo
     
  3. Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    Consultaria un administrador de fincas. Conozco distintos casos y ellos están aconstumbrados a la interpretacion de la Ley de propiedad horizontal. Seguro que en el foro de terrazas hay foreros que saben mas de esto.
    Si todavia estas a tiempo, pon un hilo allí.
     
  4. Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    Perdon CGA, ya lo tienes en este apartado. Seguro que alguien tendra experiencia eneste tema, SUERTE.
     
  5. CGA

    CGA

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    Sí, gracias, a ver si alguno de estos expertos me da su interpretación.
     
  6. tempestade

    tempestade

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    hola.. no soy ninguna experta ni mucho menos.. pero creo que si te pone la terraza como anexo efectivamente debe ser como un garaje o trastero.. en mis escrituras especifica que el patio es exclusivo de mi disfrute.. que pertenece a la comunidad pero absolutamente nadie puede entrar!!
    también puedes comentárselo al director del banco con quien tengas tu hipoteca.. por ahorrar tiempo y dado que es amigo mío fue a él al que yo consulté y me lo explico..
     
  7. CGA

    CGA

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    Verás, es que de momento todavía no tengo el piso y la terraza y, por tanto, tampoco hipoteca, pero eso es lo que me han dicho los de la constructora que pondría la escritura y como he leído todos los problemas que tienen algunas personas con las comunidades por eso me preguntaba cómo sería en mi caso.
    Gracias.
     
  8. tempestade

    tempestade

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    ya... me di cuenta al mandar el mensaje... pero de todas formas si conoces a algún director de banco se lo puedes también preguntar... yo he tenido mucha suerte... no tengo los mismos problemas que efectivamente se ven por aquí.. y espero que tú también la tengas... ;)
     
  9. Pablillo I

    Pablillo I Estoy. Que no es poco.

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    Unas aclaraciones.

    En primer lugar si en la escritura pública de compra del piso no menciona para nada la terraza, no es tuya. En el caso que la mencione, ha de poner si es anexa al piso o no, si no pone que es anexa, no es de tu propiedad. Por norma general las terrazas tanto de los áticos como de los primeros pisos, llamadas comunmente patios de luces, suelen ser propiedad de la comunidad de propietarios, por lo tanto es un elemento común como el tejado.

    Ahora bien, en la escritura de declaración de obra nueva, que es en la que se basa el promotor para poder vender y segregar los distintos departamentos que constituyen el inmueble, allí ha de figurar esos elementos y el uso y destino que se les debe aplicar.

    Por norma general en tu escritura de compra debe figurar la terraza como lindante de tu vivenda y otorgarte su uso y disfrute. Al otorgarte el uso y disfrute lleva aparejada la obligación de conservación, que ésta es implícita, salvo que explicitamente, es decir, que lo ponga por escrito, se te exima de dicha obligación. Con ello has de estar vigilante para que los daños que pueda causar la falta de cuidados, no sea achacable a tu falta de interés, con lo cual correrías tu con la reparación de desperfectos en los pisos inferiores, y si por el contrario, se causasen daños por el natural devenir del tiempo, se tendrá que hacer responsable la comunidad de propietarios.

    Espero haberte sacado de dudas, pero me temo las haya aumentado.
     
  10. CGA

    CGA

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    No, no, para nada me lías más, todo lo contrario, lo has dejado meridianamente claro.

    Pues lo que me ha dicho la constructora es que va a figurar como un anexo de mi vivienda, es lo que me han asegurado.. No obstante, yo hasta no verlo en blanco y negro ante notario ya no me fío de nada, claro... porque se oyen tantas historias...

    Lo de ser de mi propiedad es bueno desde un punto de vista: los demás no podrán meterse, imagino, en lo que pones o dejas de poner y malo en el sentido de que los problemas que mi terraza ocasione a mis vecinos de abajo son asunto mío, claro, y yo debo pagar las reparaciones y mantenimiento de la misma. A ver si la dejan bien... yo tengo intención de no hacer nada que pueda estropear el techo a los de abajo, pero esperemos que la construcción e impermeabilización sea buena...

    Muchísimas gracias por tus aclaraciones. Se ve que controlas el tema.
    Un abrazo
     
  11. KHAYRHU

    KHAYRHU Jardinero Novato

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    A ver, yo trabajo en un estudio de arquitectura, y tengo bastante experiencia en esto. La terraza de tu atico deberia aparecer en tu escritura, es de tu propiedad, te pertenece solo a ti, lo que pasa es que las escrituras dependen de cuantas ganas de trabajar tengan en la notaria, pero bueno, de cualquier manera, aunque no aparezca en tu escritura, tu terraza es sola y exclusivamente de tu propiedad, por eso obviamente solo tu puedes acceder a ella, si fuese propiedad de la comunidad tendria un acceso desde las zonas comunes del edificio. Supongo que tu duda es porque tienes pensado hacer algo en tu terraza y no sabes si puedes o tienes que pedir permiso a alguien, realmente en tu terraza, al ser de tu propiedad puedes hacer todo lo que te de la gana, PERO siempre y cuando no incumplas ninguna ley y ninguna ordenanza urbanistica municipal. Varian segun el municipio o ciudad, lo mejor es ir a informarse al ayuntamiento, pero lo basico es que no puedes poner ningun elemento o estructura fija fuera del espacio que limita un plano de 45º desde el murete de la terraza (se supone que es para que no se vea desde la calle), y el tema de los toldos se supone que hay que decidir con la comunidad de propietarios el diseño y color de la tela para que todos los que se pongan sean iguales.
    Espero haber sido de ayuda, si tienes alguna duda no tienes mas que preguntar.
     
  12. CGA

    CGA

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    Hola, la verdad es que no es que tenga intención de hacer nada en ella de momento, todavía falta un año para que me la entreguen, pero es que como he leído en otros hilos del foro los problemas que la gente tiene con lo que les permite hacer o no su comunidad por eso me lo planteo.


    Hombre, la verdad es que me encantaría poder cerrar un parte para hacer una galería acristalada pero como sé que eso es imposible porque el ayuntamiento nunca me lo permitiría, pues no me he planteado nada más...

    Es que creí que había diferencia legal entre que uno tuviese derecho al usufructo de la misma o que en la escritura figurase como anexo de la vivienda (tal y como ha explicado Pablillo I).

    Deduzco de tu mensaje entonces que tú crees que legalmente no hay diferencia entre que se explicite en la escritura que es anexo a la vivienda o que sólo tienes derecho al disfrute ¿no?

    Gracias por darme tu punto de vista...
     
  13. Pablillo I

    Pablillo I Estoy. Que no es poco.

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    HHAYRHU, me vas a permitir que eso que has puesto no me lo crea en absoluto, por esta misma conclusión tuya, yo mañana voy al juzgado a reclamar el estadio Santiago Bernabeu, que no consta en mi escritura, pero puede ser mio, por que si solo puedo pisarlo yo, ya es mio. No esto no es así, es mas simple, por Almeria no se como serán las cosas, pero lo que yo conozco si algo no está especificado en la escritura, se lo puedes reclamar al Papa, pero dudo que sea tuyo propio.

    No obstante y para salir de dudas, yo me iria al Registro de la Propiedad, donde debe estar registrada la escritura de declaración de obra nueva y solicitar una nota simple de la descripción de tu departamento, en la escritura que te hagan no puede figurar nada mas que lo que allí ponga, en caso que lo hagan (poner mas de lo que inicialmente hay previsto) tu compra un Juez puede declararla ilegal (Caso del apartamento de Aznar en Marbella). Al fin y al cabo, la escritura de compra-venta no es mas que una segregación de la primera escritura de declaración de obra nueva.

    Las terrazas de áticos y primeros pisos, suelen estar consideradas como parte integrante del tejado, salvo que no tengan nada debajo (muy raro), por ello aunque solo tu puedas acceder a ella, están consideradas como un elemento comun del edificio, por que prestan una utilidad general, como es hacer de cubierta del mismo. Si solo tu tienes acceso a la terraza, te otorgarán el uso y disfrute privado, que es un derecho con ciertas obligaciones implícitas como es su conservación (dentro de límites razonables, no pueden pedite que corras con los gastos de impermeabilización, pero si con los de limpieza, aseo y policia)

    En cuanto a las construcciones y cerramientos en terrazas comunitarias, allí la cosa se complica mas, ya que dependes tanto de la Comunidad de vecinos como de las ordenanzas municipales. La comunidad puede autorizarte a cerrar una parte, pero el Ayuntamiento puede que no lo permita. Otro que tiene voz y voto en el asunto es el Arquitecto que diseño el edificio, ya que cualquier cosa que altere el diseño (la vista desde el exterior del inmueble) puede impugnarlo y por lo general los Jueces a la vista del proyecto pueden hacértelo quitar.


    Seguiremos....
     
  14. KHAYRHU

    KHAYRHU Jardinero Novato

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    ¿Solo tu puedes pisar el Bernabeu? Debes ser un socio muy bueno.

    A ver, no saquemos los pies del tiesto que aqui cada uno entiende lo que quiere. Yo he dicho que la terraza debe aparecer en la escritura como parte de la vivienda, no es propiedad colindante ni debe especificarse "uso y disfrute", otra cosa es que se especifique como tal, que puede hacerse pero no es lo habitual y yo al menos no lo permitiria en mi escritura.
    Es cierto que la terraza de tu atico forma parte de las cubiertas del edificio, pero no es zona comun, no pertenece a la comunidad como la cubierta sobre el atico, si la terraza de tu atico sufre algun desperfecto la reparacion va de tu cuenta, no de la comunidad. Si tu atico mide 70 metros cuadrados tiene mas valor que cualquier otra vivienda de los mismos metros y la misma distribucion en el edificio, simplemente porque tiene algo mas que los demas, TU terraza.
    De todas forma tambien he dicho que todo eso de los elelmentos comunes depende de las normas urbanisticas de cada municipio y tambien de como se constituyan los estatutos de la comunidad. Pero los aticos tiene la caracteristica de que son construcciones permitidas sobre la altura maxima que permite el ayuntamiento. Sus paramentos no se consideran fachadas comunitarias, ya que el hecho de que se retranqueen tres metros desde la fachada es precisamente la proteccion de vistas. Cierto es tambien que la impermeabilizacion no debe correr de tu cuenta, claro que no, debe correr de cuenta del promotor, mas que otra cosa, porque es una ley que debe de cumplir para que el ayuntamiento de la licencia de primera ocupacion, que es lo que le hace falta para vender los inmuebles. Pero aunque el suelo de tu terraza sea la cubierta del inmueble inferior, eso no tiene nada que ver con que pertenezca a zonas comunes, porque por esa misma regla el suelo de tu casa tambien le pertenece al vecino de abajo porque tambien es su techo ¿no?

    Bueno dejandonos de devaneos, si tu pregunta es que si tu terraza debe aparecer en tu escritura, si, debe aparecer algo asi como "forma parte esta vivienda la terraza situada al sureste que mide veinticinco metros y veintidos decimetros cuadrados". Asi al menos aparece en las escrituras que a mi me mandan los notarios para cotejar las superficies con las del proyecto y en la escritura de mi propio atico y no se especifica nada sobre pertenencia a zonas comunes u otorgamiento de uso y disfrute.
     
  15. CGA

    CGA

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    Re: Duda sobre terraza en ático: ¿uso y disfrute o propiedad?

    Oye, Pablillo I, muchas gracias por la información sobre el registro de la propiedad. Sabía que en el registro constan las viviendas terminadas pero no tenía ni idea que se podía hacer lo mismo con viviendas en construcción. En cuanto esté allí el mes que viene voy a ir a solicitarla para ver qué dice exactamente. Es que todas estas cosas son un mundo que a los profanos nos pilla en albis... Voy a intentar consultar eso a ver si figura la terraza como anexo tal y como me dijo la promotora.

    Muchas gracias por todo lo que nos aportáis porque nos sirve para abrirnos los ojos.