Artículos de interés sobre fruticultura

Tema en 'Cultivo de árboles frutales' comenzado por jlnadal, 14/6/11.

  1. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

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    Estudio revela nuevos detalles sobre mosca que amenaza cultivos frutales en EE.UU


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    Fotografía: Hanna Burrack​


    La Drosophila suzukii se ha extendido por el país durante los últimos 4 años


    Un estudio llevado a cabo por la Universidad Estatal de Carolina del Norte (NCSU) en EE.UU reveló que la la Drosophila suzukii muestra una preferencia por las frutas dulces y las soft fruits, entregando nueva información sobre este pequeño invasor que amenaza los cultivos en EE.UU y genera pérdidas millonarias.


    De acuerdo a lo informado por la NCSU, la Drosophila suzukii se detectó por primera vez en California en 2008, extendiéndose a estados como Wisconsin, Carolina del Norte y Florida.

    Las hembras utilizan unas lanzas que tienen en sus abdómenes para cortar la piel de la fruta madura y así introducir sus huevos en el fruto. En el interior, los huevos una vez transformados en larvas, se alimentan de la carne de la fruta hasta que esta madura, arruinando el proceso de maduración.

    Hannah Burrack, profesora asistente de entomología y autora principal del artículo de investigación comentó que al identificar que la D. suzukii prefiere los frutos dulces y las soft fruits , la investigación ahora se puede enfocar en identificar cuáles frutas silvestres sirven de reservorios para esta especie y así identificar nuevos cultivos que podrían estar en riesgo.

    “Estos resultados también pueden ser un punto de partida para los científicos interesados ​​en desarrollar nuevas variedades de frutas más resistentes a la D. suzukii“, dijo.

    Se estima que la D. suzukii, tienen el potencial para destruir hasta el 40% de los cultivos de mora y frambuesa en el este de EE.UU, lo que afectaría la disponibilidad y precios de las frutas. Esta insecto ya ha causado daños por millones de dólares al año en cultivos de cerezas, frambuesas, moras, arándanos y frutillas, cifra que podría aumentar a cientos de millones por año si la plaga no se logra controlar.

    Además, el estudio – bajo el nombre de “La variación en la selección y utilización de cultivos huéspedes en el campo y de laboratorio para Drosophila suzukii Matsumara (Diptera: Drosophilidae), un frugívoro invasivo” - , da a conocer que variedades de moras y frambuesas son las más afectadas por la mosca, para que así los productores tengan conocimiento y opten por variedades menos susceptibles al insecto.

    Algunos de los resultados fueron que las frambuesas se vieron afectadas a una velocidad mayor que las moras en el campo. También se llegó a la conclusión que las moras y frambuesas cultivadas en túneles, eran menos propensas al insecto que las que estaban cultivadas directamente en el campo.

    El artículo del estudio se encuentra publicado en Pest Management Science.




    Jose Luis
     
  2. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

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    Mejor Olivo Monumental de España 2013: Olivo de Arroyo Carnicero de Casabermeja


    Auténtica Catedral de madera viva, que se alza en tres troncos de más de 7 metros de perímetro cada uno y datado fehacientemente como milenario por la Universidad de Córdoba, este majestuoso prodigio de la naturaleza se convierte en el primer olivo de Andalucía en alzarse con el Premio AEMO al Mejor Olivo Monumental de España




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    Posted by AEMO. Asociación Española de Municipios del Olivo in Cultura del Olivo, Olivos Monumentales


    Viernes 5 de abril, doce de la mañana. En una sala de la Universidad de Córdoba nos reunimos los de AEMO, con los miembros del jurado para elegir el mejor olivo monumental de España.

    Tocaba valorar el Olivo del Arroyo Carnicero, de Casabermeja, y los profesores Luis Rallo y Diego Barranco, disertaban:

    “Podemos afirmar, científicamente, que las tres patas provienen de la misma raíz… que es la de un olivo silvestre o acebuche, porque lo hemos comprobado genéticamente, también que la parte aérea de esas tres patas son injertos de la misma paleovariedad, de momento, no catalogada” afirmaba Luis Rallo.

    “Tiene más de 1000 años, así lo certificamos en la Tesis de Concepción Muñoz, probablemente nos encontremos ante el ejemplar que demuestra que el comienzo de la olivicultura en las provincias andaluzas mediterráneas, Málaga y Almería, se llevó a cabo por sobreinjerto” sentenciaba Diego Barranco.

    Llamamos a Concepción Muñoz, probablemente la investigadora que más sabe de olivos monumentales, porque no ha podido asistir pero conoce bien este olivo y nos dice vía telefónica que, de todos los que he visitado en Andalucía, “es el olivo más monumental y más bello”.

    - Profesores, ¿Entonces ya tenemos fumata blanca?, preguntamos

    “Si, esta es nuestra elección: el Olivo Carnicero, toma el boli y escribe…“, me dice Luis, con la autoridad del que fue mi profesor:

    FALLO DEL JURADO DEL PREMIO AEMO AL MEJOR OLIVO MONUMENTAL DE ESPAÑA 2013: Al Olivo de Arroyo Carnicero del municipio de Casabermeja (Málaga)

    Se premia el valor histórico y monumental de este olivo cuya edad se estima en más de 1000 años. Se trata de un olivo de una paleovariedad no catalogada hasta la fecha que se encuentra injertada en un olivo silvestre.

    Las provincias de Málaga y Almería son ricas en este tipo de olivos que explican el comienzo de la olivicultura en las comarcas andaluzas mediterráneas: sobreinjerto con patrón acebuche y parte aérea las paleovariedades mejor adaptadas en aquel entonces.

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    La candidatura de este olivo ha sido presentada por el Ayuntamiento de Casabermeja, a través de su alcalde Antonio Domínguez, y se encuentra situado muy cerca de la población, en dirección a Villanueva de la Concepción junto al arroyo del que toma el nombre.

    Al presentarlo al Premio nos confesaba el alcalde que este olivo es poco conocido por la población autóctona, y que en el Ayuntamiento fueron animados por el Dr. Francisco Lorenzo a presentar la candidatura.


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    Desde AEMO nos hemos comprometido a visitarlo esta primavera, con los profesores Barranco y Rallo para investigar su variedad con los lugareños, ya que no está datada en la base de datos genética de la Universidad de Córdoba, y así incluirla en el catálogo de variedades con su nombre. Así mismo su material vegetal será reproducido e incluido en el Banco de Germoplasma de esta Universidad.

    Esperemos que este reconocimiento sirva de acicate e impulso para que el Olivo del Arroyo Carnicero, patrimonio natural único, sea más conocido en su provincia y suponga un recurso más para el turismo de esta bella comarca malagueña a caballo entre la Axarquia y Antequera.




    Jose Luis
     
  3. jlnadal

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    Jose Luis
     
  4. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

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    Argentina


    Advierten por peligro de plaga en cítricos debido a una medida cautelar


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    “La citricultura provincial está en riesgo y, con ella, la fuente de ingresos de más de 70.000 entrerrianos”, sostuvo el ministro de la Producción de Entre Ríos, Roberto Schunk.


    Las advertencias del funcionario fueron hechas tras conocer la decisión del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay de hacer lugar a un amparo que presentó un grupo de viveristas citrícolas que no quieren dejar de producir a cielo abierto incrementando el riesgo de una temida enfermedad que afecta los plantines cítricos.

    “Si este amparo prospera vamos a tirar por la borda todo el esfuerzo que ha hecho el sector productivo y el Estado para controlar y prevenir esa enfermedad”, afirmó el funcionario del gobernador Urribarri.

    La medida tomada por el Juzgado de Concepción del Uruguay impide la plena instrumentación de la Resolución N° 930/2009 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) que tiene por objeto establecer acciones fitosanitarias de control y prevención para evitar el temido ingreso de la enfermedad conocida como HLB (huanglongbing) que afecta a las plantas cítricas.

    “La penetración del HLB sencillamente arrasaría la actividad citrícola de la provincia”, comentó el Ministro Schunk. Se trata de una plaga que ya afectó seriamente a Brasil y que devastó la principal zona de producción citrícola de ese país.

    “Senasa es la autoridad de aplicación en materia fitosanitaria y ha definido claramente las medidas de control y prevención” sostuvo Schunk. “Una de esas medidas es que los viveros proveedores de plantas para las quintas citrícolas deben producir bajo cubierta”, manifestó el funcionario. Según Schunk, “justamente, uno de los principales canales de propagación de la enfermedad son los viveros, debido a que proveen de plantines a muchas quintas cítricas. Ello lleva a la necesidad de un extremo cuidado en la producción de plantines”.

    “El hecho de producir plantines bajo cubierta reduce el riesgo de que el insecto vector de la enfermedad penetre en los viveros y así se propague a las quintas productoras”, dijo el ministro.

    “La Resolución 930 fue sancionada en 2009 y se ha cumplido el tiempo necesario para la adaptación de los viveristas”, sostuvo el funcionario. “Hoy tenemos 17 casos confirmados de HLB en Misiones y no es posible esperar más tiempo”, remató Schunk.

    “El viernes pasado nos reunimos en Concordia con distintos representantes del sector para evaluar esta situación que ha puesto en vilo la citricultura local”, dijo Schunk. “Estuvieron las asociaciones y cámaras citrícolas y los organismos técnicos del Estado, como el INTA y el Senasa. Todos coincidieron con la preocupación por estos hechos”, manifestó Schunk.

    “Realmente si este amparo prospera vamos a tirar por la borda todo el esfuerzo que ha hecho el sector productivo y el Estado para controlar y prevenir esa enfermedad”, manifestó el ministro. “El riesgo es muy alto, está el interés general en juego, miles de familias; por lo cual confiamos en una resolución favorable”, indicó Schunk.




    La EEAOC recomienda hacer los esfuerzos necesarios para mantener el HLB lejos


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    Diaphorina citri​



    En primavera y comienzos del verano es conveniente intensificar los muestreos para detectar la Diaphorina citri.


    "Primero debemos saber si el vector está presente o no y en qué niveles poblacionales, es decir, qué cantidad tenemos y si es conveniente o no aplicar un producto. Por eso, creo que el mensaje sería que el productor recorra su finca, y si detecta el vector, denunciar para emitir una recomendación respecto a la conveniencia del control", dijo el jefe de la sección Zoología Agrícola de la Eeaoc, Gerardo Gastaminza.

    "En primavera y comienzos del verano es conveniente intensificar los muestreos para detectar la Diaphorina citri", remarcó el profesional. "En Tucumán, si bien aún estamos libres del vector, hay que mantener este estatus. En Salta y Jujuy, donde la Diaphorina citri está presente, pero no la enfermedad, el estatus sanitario es otro; ahí, el productor deberá evaluar la conveniencia de controlar el insecto".

    Gastaminza precisó que en los monitoreos de Diaphorina citri hay que enfocarse en los brotes tiernos de las plantas ubicadas en las borduras, porque la hembra adulta los necesita para oviponer. Se deben observar también los huevos. En el caso de detectarlo, es preciso informar al Senasa o Eeaoc. "

    Nuestra recomendación sería, si el productor es de Tucumán, contactarse con la Eeaoc, ya que nosotros capacitamos a productores y personal de campo, y les mostramos qué tienen que ver y dónde lo tienen que buscar. Esas capacitaciones son gratuitas y las podemos hacer en la Eeaoc o en la finca del productor, donde nuestros técnicos asesoran sobre cómo monitorear y qué hacer", manifestó.

    "Es difícil que la Diaphorina citri pueda llegar por sus propios medios (si bien es un insecto volador) desde el sur de Salta (Metán). Entonces, hay que poner énfasis en el traslado de las plantas y no solamente cítricas, ya que la Diaphorina puede estar en plantas ornamentales como la 'Murraya' o 'Mirto'. Por eso debemos concientizar sobre el impacto que puede tener la aparición del HLB, no solamente económico (50.000 puestos de trabajo dependen de la citricultura), sino también social, ya que se sabe que la actividad citrícola es la más demandante de mano de obra que tiene Tucumán", expresó Gastaminza.






    España

    Buscan con proyecto mejorar los sistemas de producción ecológica de la higuera


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    Un proyecto de investigación extremeño buscará mejorar los sistemas de producción ecológica de la higuera y de pequeños frutos, en concreto, arándanos, frambuesa, grosella y mora, para obtener productos de calidad.
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    Se trata del proyecto de investigación 'Adaptación de diferentes ecotipos de pequeños frutos e higuera a sistemas de producción ecológica', financiado por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), y que presentará este jueves en el Centro de Agricultura Ecológica y de Montaña (CAEM) de Plasencia (Cáceres).

    La presentación dará comienzo a las 12,00 horas, y contará con la presencia de la subdirectora general de Investigación y Tecnología de INIA, Isabel Canellas; la jefe de servicio de Coordinación de Centros de Investigación, Carlota Daza; el investigador de INIA y coordinador del proyecto, José Luis Tenorio; la investigadora de La Orden-Valdesequera Margarita López y la Agrupación de Cooperativas del Valle del Jerte.

    Y es que, tanto higos como arándanos, frambuesa, grosella y mora son cultivos "cada vez más importantes en el Valle del Jerte y en la Comarca de la Vera, ya que ambas zonas presentan buenas condiciones para su producción", según informa el Gobierno extremeño en nota de prensa.

    Así, durante tres años, investigadores del CAEM, coordinados por el INIA y el Centro de Investigación Agraria La Orden-Valdesquera, compararán la producción de estos cultivos en sistemas convencionales y en ecológico.

    Además, determinarán qué variedades de estas especies se adaptan mejor a la zona norte de Cáceres y cuáles son sus puntos débiles.

    Este proyecto está enfocado al sector empresarial, al que se le transferirán los resultados una vez finalizado. De hecho, se trabajará en colaboración con agricultores, a través de fincas colaboradoras, y empresas, con el fin de ofrecerles alternativas a los cultivos tradicionales de estas zonas como el cerezo.








    Jose Luis
     
  5. jlnadal

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    Jornadas de Innovaciones en el cultivo del olivo

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    El olivar es uno de los cultivos más relevantes en Andalucía, que marca su paisaje, economía y cultura. Sus más de 1,5 millones de hectáreas son el sustento de un gran número de familias. La producción

    El IFAPA se encuentra en la actualidad a la vanguardia de las innovaciones en el cultivo del olivo. Los trabajos de investigación y experimentación relacionados con este cultivo que se generan en el IFAPA tienen una importante repercusión a nivel nacional e internacional. También es clave la labor de transferencia, para que estos conocimientos puedan llegar a agricultor de forma rápida y clara.

    En Mayo de 2012 se celebraron en el IFAPA Centro Alameda del Obispo las primeras Jornadas sobre Innovaciones en el Cultivo del Olivo con gran éxito de participación. Este año se pretende consolidar estas Jornadas, para que sirvan de referencia para transmitir las últimas investigaciones del IFAPA en este cultivo.



    El programa es el siguiente:

    09.30 – 10.00 Recepción y entrega de material.

    10.00 – 10.20 Inauguración de la jornada. D. Victor Ortiz Somovilla (Presidente del IFAPA).

    10.20 – 11.00 Obtención de nuevas variedades de olivo con especial referencia a la verticilosis. D. Raúl de la Rosa Navarro (IFAPA Centro Alameda del Obispo) y Dª. Rocio Arias Calderón (IFAPA Centro Alameda del Obispo).

    11.00 – 11.45 Estrategias de aplicación de enmiendas organicas para el control de la Verticilosis del olivo. D. José Jurado Bello (IFAPA Centro Alameda del Obispo) y D. José Bejarano Alcázar (IFAPA Centro Alameda del Obispo)

    11.45 – 12.30 Pausa café.

    12.30 – 13.15 Experiencias en el IFAPA para el control de Conyza. Mª Milagros Fernández (IFAPA)

    13.15 – 14.40 Olivar y servicios ambientales. Juan Castro Rodríguez (IFAPA)





    Jose Luis
     
  6. jlnadal

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    La Asociación Española de Productores de Frutos Tropicales creará comisiones de trabajo para el control de la comercialización y la vigilancia de plagas


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    El colectivo suma actualmente 1.235 hectáreas, aspira a representar los intereses de productores de frutas tropicales de las provincias de Málaga, Granada, Cádiz y Huelva.


    La Asociación Española de Productores de Frutos Tropicales,
    que integra a agricultores de las provincias de Málaga y Granada, ha anunciado hoy la creación de comisiones de trabajo para el control de la comercialización de estos productos y la vigilancia de plagas.

    José Linares, presidente del colectivo, con sede en el municipio de Vélez-Málaga, ha explicado que la asociación, que comenzó a funcionar en febrero, cuenta con 120 socios y la próxima semana celebrará una asamblea extraordinaria en la que se elegirá a su junta directiva y se aprobará el calendario de actuaciones para este año.

    El objetivo de los actuales gestores es que esa junta directiva ponga en marcha una serie de comisiones de trabajo, cada una con un cometido específico, en las que se aborden los temas que más preocupan al sector.

    En este sentido, se ha referido a los problemas derivados de malas prácticas como la recolección y comercialización antes de que la fruta llegue al estado óptimo de maduración, así como el etiquetado de productos que llegan de terceros países como si fueran españoles.

    Habrá una comisión que se encargará de controlar estos aspectos, así como otras orientadas al control de plagas y a la creación de una denominación de origen protegida o una indicación geográfica protegida.

    El vicepresidente de la asociación, Domingo Medina, ha informado de que se pondrán en marcha comisiones para tratar el mercado de la fruta ecológica y actuar frente a los robos en el campo, además de otra técnica que se encargará de asesorar a los agricultores y de las relaciones con las instituciones.

    Al margen de los problemas del sector, Medina ha insistido en que también se trabajará para potenciar la creación y la colaboración con programas de investigación, favorecer la relación entre socios y promover o participar en campañas de promoción, publicidad y difusión.

    Otra de las novedades es que se nombrarán delegados territoriales, que serán los representantes de aquellos territorios que tengan un peso importante por el número de productores.

    El colectivo suma actualmente 1.235 hectáreas, aspira a representar los intereses de productores de frutas tropicales de las provincias de Málaga, Granada, Cádiz y Huelva, y aunque en un principio tiene ámbito regional, sus gestores no renunciar a integrar en un futuro a agricultores de la zona del Levante.





    Jose Luis
     
  7. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

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    Durante toda la primavera hay que prestar especial atención a las nuevas brotaciones en clementino, vigilando los niveles de pulgón existente. A continuación se muestra la situación de la población de pulgones en cinco parcelas de clementinos donde se realiza el seguimiento de esta plaga. (...)


    Saludos,
    GIP Cítricos (IVIA) - Noticias


    Jose Luis
     
  8. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

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    Aprendiendo más sobre los virus transmitidos por vectores


    Dennis O'Brien


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    Photo by Michelle Cilia and James Bruce.



    Científicos con el Servicio de Investigación Agrícola (ARS) en Ithaca, Nueva York, están colaborando en el desarrollo de una tecnología que podría llevar a nuevas maneras de trastornar la transmisión de virus por los insectos a los cultivos.

    Michelle Cilla y Stewart Grey trabajan en el Centro Robert W. Holley de Agricultura y Salud mantenido por el ARS en Ithaca. Ellos colaboraron con James Bruce y Juan Chavez de la Universidad de Washington en mapear la estructura de una proteína huidiza que les provee a ciertos virus de plantas la capacidad de moverse de plantas a insectos, por los insectos y luego vuelven a las plantas.

    ARS es la agencia principal de investigaciones científicas del Departamento de Agricultura de EE.UU. (USDA por sus siglas en ingles), y esta investigación apoya la prioridad del USDA de promover la seguridad alimentaria internacional.

    Para moverse de planta a planta, algunos virus, tales como el virus del enrollamiento de las hojas de la papa, necesitan quedarse en los tejidos del floema para que ellos puedan ser ingeridos por un pulgón cuando el insecto se alimenta. Cuando el virus está dentro del pulgón, el virus tiene que pasar por los intestinos y los tejidos de las glándulas salivales del insecto antes de inyección en otra planta por el pulgón.

    Para completar este viaje, los virus tienen que asemblarse en paquetes más grandes llamados viriones. Cada especie de virus es muy particular y puede ser transmitida solamente por pocas especies de pulgones. Los investigadores creen que la forma exterior o la topología del virion tiene un papel imprescindible en esta especificidad y determina si un virus puede moverse por el pulgón y luego puede infectar una planta.

    Una proteína estructural menor de los virus que se extiende del armazón del virion tiene un papel decisivo en guiar el virion en su viaje por el insecto y por la planta. Pero hasta ahora, no había ninguna información sobre estas proteínas estructurales, y tal información es crítica en el desarrollo de nuevas maneras de trastornar la actividad de las proteínas.

    En pruebas con el virus del enrollamiento de las hojas de la papa, los investigadores usaron la tecnología de la interacción de las proteínas reporteras (PIR por sus siglas en inglés), la cual es una herramienta desarrollada en el laboratorio de Bruce para estudiar las interacciones entre proteínas. Los investigadores en ese laboratorio desarrollaron un juego único de compuestos químicos que pueden reaccionar con las proteínas estructurales y les permite a los investigadores a capturar una "imagen instantánea" de ellas.

    En combinación con la espectrometría de masa de alta resolución, el diseño molecular avanzado de los compuestos químicos también les permite a los investigadores a visualizar por primera vez algunos aspectos críticos tipográficos del virion. Los resultados, los cuales fueron publicados en un artículo en 'Journal of Proteome Research' (Revista de Investigación del Proteome), representan una nueva tecnología que puede tomar medidas de las interacciones entre las proteínas de insectos, plantas y virus en las células vivas.

    Hasta la fecha, los investigadores se concentraron en los luteovirus transmitidos por los pulgones. Pero algún día la tecnología podría ser usada para estudiar otros virus de plantas transmitidos por insectos y los virus que infectan a los animales y que actualmente están difíciles de estudiar con los métodos tradicionales.

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    Entregando un virus que mata a las moscas comunes


    Por Sandra Avant



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    Científicos del Servicio de Investigación Agrícola (ARS) han descubierto una manera eficaz de infectar las moscas comunes con un virus que previene la reproducción de la mosca.

    La mosca común puede transmitir cientos de patógenos tales como las bacterias Salmonella, Escherichia coli y Shigella que causan las enfermedades alimentarias. Los insecticidas se usan para controlar a las moscas, pero los insectos pueden desarrollar resistencia a los productos químicos.

    Entomólogo Christopher J. Geden, quien trabaja en el Centro de Entomología Médica, Agrícola y Veterinaria mantenido por el ARS en Gainesville, la Florida, examinó el virus de la hipertrofia de la glándula salival (SGHV por sus siglas en inglés), el cual es miembro de una familia de virus nuevamente descubiertos llamados Hytrosaviridae. ARS es la agencia principal de investigaciones científicas del Departamento de Agricultura de EE.UU.

    En colaboración con científicos de la Universidad de la Florida y la Universidad de Aarhus en Dinamarca, Geden estudió la distribución y la gama de huéspedes del virus, y la eficacia de diferentes métodos de aplicación del virus para controlar las moscas. El virus se reproduce en la glándula salival de los insectos infectados. Las hembras infectadas de la mosca no pueden poner huevos, y los machos no pueden aparearse.

    Los científicos examinaron diferentes enfoques de aumentar la tasa de infección en las moscas. El mejor método fue una mezcla de agua y algunas moscas infectadas con una cepa danesa de SGHV. Un grupo de moscas sanas que han sido mojadas directamente en la mezcla o que caminaron en superficies tratadas con la mezcla tuvieron una tasa de infección del 56 por ciento. Una cepa del virus encontrado en la Florida causó una tasa de infección del 50 por ciento en las moscas.

    Los cebos líquidos que contuvieron SGHV produjeron una tasa de infección del 22 por ciento (con el virus danés) o el 26 por ciento (con el virus de la Florida) en las moscas. Cuando las moscas se rociaron con SGHV, el virus danés infectó el 18 por ciento y el virus de la Florida infectó el 22 por ciento.

    En otras pruebas de laboratorio, las moscas comunes de la Florida fueron altamente susceptibles cuando inyectadas con SGHV. El virus afectó gravemente la mosca Hydrotaea aenescens, y las moscas del establo se murieron rápidamente o no desarrollaron ovarios después de inyección con el virus.

    Aunque el virus demuestra mucho potencial para controlar las moscas comunes y otras moscas, no es una solución sencilla, según Geden. Sin embargo, SGHV podría llegar a ser parte de un programa de manejo integrado que involucra tratamiento de las poblaciones de moscas temprano en la temporada alta para reducir reproducción.

    Lea más

    sobre esta investigación en la revista 'Agricultural Research' de abril del 2013.




    Equipo para proteger a las tropas contra los insectos

    Ropa para ayudar a proteger las tropas estadounidenses contra los insectos

    Previniendo la madurez de las moscas






    Jose Luis
     
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    Tratamiento contra la Necrosis Foliar del Caqui


    Ver Tratamiento



    Jose Luis
     
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    Ampliación de usos para el control de Drosophila suzuki


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    La Dirección General de la Sanidad de la Producción Agraria del MAGRAMA ha resuelto autorizar la ampliación de usos secundarios de los siguientes productos y cultivos contra Drosophila suzukii:



    - CIPERMETRIN 10%P/V (ec) en mora-frambueso en las mismas condiciones que las autorizadas para orugas y pulgones.

    - ALFA- CIPERMETRIN 10% P/V (EC) en mora-frambueso en las mismas condiciones que las autorizadas para orugas y pulgones.

    - DELTAMETRIN 1.5%P/V (EC) en fresa en las mismas condiciones que las autorizadas para orugas y pulgones.

    - SPINOSAD 48% P/V (SC) en fresa en las mismas condiciones que las autorizadas para orugas y trips.

    - LAMDA CIHALOTRIN en fresa en las mismas condiciones que las autorizadas para orugas y trips.





    Jose Luis
     
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    Aviso seguimiento pulgones



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    Durante toda la primavera hay que prestar especial atención a las nuevas brotaciones en clementino, vigilando los niveles de pulgón existente.

    A continuación se muestra la situación de la población de pulgones en cinco parcelas de clementinos donde se realiza el seguimiento de esta plaga.

    Las localizaciones son:

    Real de Gandía
    (Actualizado a 11/04/13)

    Puzol (Actualizado a 11/4/13)

    Almenara (Actualizado a 11/4/13)

    Moncada (Actualizado a 11/4/13)

    Castellón (Actualizado a 4/4/13)

    Recordamos que el umbral de tratamiento se sobrepasa cuando más del 25 % de los brotes están ocupados por pulgones. Para más detalles pueden consultar: Fichas pulgones.






    Jose Luis
     
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    Producción y comercialización del avellano europeo a nivel mundial


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    Hemisferio Norte concentra su producción y Europa su importación



    La producción de avellanas está altamente concentrada en países del Hemisferio Norte. De acuerdo a cifras de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) la producción de este fruto seco a nivel mundial alcanzó las 743.000 toneladas en 2011. AvellanoEuropeo-12_2

    Según detalla el informe “Avellano europeo, despegue con turbulencias”, elaborado por Jaime Bravo para la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias de Chile (ODEPA), Turquía ejerce una gran influencia en la producción mundial. Este país cuenta con una alta variabilidad productiva, con una producción entre 350.000 y 800.000 toneladas anuales en la última década. En 2011 el país lideró la producción mundial con 430.000 toneladas o el 57% del total mundial.

    Tras Turquía es posible encontrar a Italia, país que produjo 128.940 toneladas, 17% del total mundial. Otros países con participación en la producción, pero en menor cantidad, son EE.UU, Azerbaiyán, Georgia, China e Irán.

    La superficie mundial plantada de avellanos también es liderada por Turquía, con 400.000 hectáreas, equivalentes al 67,8% de la superficie mundial. En el segundo lugar encontramos a Italia, con 70.492 hectáreas o el 12% de la superficie mundial, de acuerdo a cifras de la FAO.

    El informe indica que estos dos países cubren el 80% de la superficie mundial de avellanos. Más atrás es posible encontrar a Azerbaiyán e Irán con el 4% de la participación de la superficie mundial, seguidos por Georgia, España, EE.UU y China.

    Exportación – importación

    Cifras del Centro de Comercio Internacional (CCI) citadas en el documento indican que en 2011 las exportaciones de avellanas sin cáscara fueron de 209.737 toneladas, al tiempo que las exportaciones del producto con cáscara alcanzó las 49.715 toneladas.

    El documento explica que las exportaciones sin cáscara deben ser llevadas a su equivalente en fruta con cáscara para cercarse al volumen total de fruta exportador y determinar la participación de las exportaciones en el total de la producción mundial.

    “Las exportaciones sin cáscara duplican su volumen al ser llevadas a fruta producida con cáscara, con lo cual las exportaciones totales alcanzan un volumen estimado de 470.000 toneladas, con una participación de 63,2% en la producción mundial”, consigna el documento.

    Si bien las exportaciones mundiales del producto sin cáscara han fluctuado entre las 170.000 y 215.000 toneladas en el periodo 2002-2011, el valor de las exportaciones mundiales ha registrado un gran aumento, reflejando un alza importante en sus precios internacionales.

    Turquía además de ser líder en la producción mundial de avellanas, es el mayor exportador de avellana sin cáscara. Le siguen en la lista Georgia, Italia y Azerbaiyán. En el puesto número 20 es posible encontrar a Chile, país donde el aumento de la producción ha sido canalizado como producto con cáscara, debido a las especiales características que presenta esta especie en Chile.

    En el caso de las exportaciones mundiales de avellanas con cáscara el informe señalan que los envíos muestran una tendencia bastante errática en su evolución, fluctuando alrededor de 30.000 toneladas en la primera parte del periodo 2002-2011, para luego estabilizarse en valores cercanos a 50.000 toneladas.

    Durante los últimos 10 años EE.UU ha sido el líder en la exportación de este producto, siendo sobrepasado levemente en 2011 por Hong Kong. Chile, que hasta 2007 no aparecía como país exportador de avellanas con cáscara ha pasado a ocupar el tercer lugar.

    El informe destaca que Chile, de continuar con una política de comercialización de producto con cáscara y, considerando el aumento de la superficie plantada, que debería reflejarse en un aumento importante de producción, podría pasar a liderar las exportaciones de avellanas con cáscara en el mediano plazo.

    En cuanto a las importaciones, Alemania lideró en cuanto a volumen importado a nivel mundial de avellanas sin cáscara en 2011, con el 28% del total. Al país germano le siguió Italia (15%); Francia (9,2%); Rusia (6,8%); Bélgica (5,3%); Canadá (4,8%); y Suiza (4,4%).

    Las importaciones mundiales de avellanas con cáscara también están concentradas en países europeos, con la excepción de algunos mercados asiáticos – Hong Kong y China – y de países de Medio Oriente, como Iraq.

    Hong Kong lideró a los países importadores de avellanas con cáscara en 2011, captando 49% del volumen de las importaciones mundiales. Italia se ubicó en el segundo lugar (10,7%), seguida de Alemania (7,3%); Iraq (6,6%); Canadá (4,7%); y China (3,7%).






    Jose Luis
     
  15. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

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    Sustancias Activas Susceptibles de Uso en Cultivos Ecológicos



    Aceites vegetales/aceite de citronella uso como Herbicida

    Aceites vegetales/aceite de clavo uso como Fungicida/Bactericida

    Aceites vegetales/aceite de colza uso como Insecticida/Acaricida

    Aceites vegetales/aceite de menta verde uso como Fitoregulador



    240 | Aceites vegetales/Aceite de citronela No CAS: 8000-29-1 No CICAP: no asignado | El aceite de citronela es una mezcla compleja de diversas sustancias químicas. Sus principales componentes son los siguientes: citronelal (3,7-dimetil-6-octenal)geraniol ((E)-3,7-dimetil-2,6-octadien-1-ol)citronelol (3,7-dimetil-6-octan-2-ol)acetato de geranilo (acetato de 3,7-dimetil-6-octen-1-ilo) | Impurezas pertinentes: un 0,1 % máximo de metil eugenol y metil-isoeugenol | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como herbicida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del aceite de citronela (SANCO/2621/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción
    del riesgo. |

    241 | Aceites vegetales/Aceite de clavo No CAS: 94961-50-2 (aceite de clavo) 97-53-0 (con el eugenol como componente principal) No CICAP: no asignado | El aceite de clavo es una mezcla compleja de diversas sustancias químicas. Su principal componente es el eugenol. | ? 800 g/kg | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como fungicida y bactericida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del aceite de clavo (SANCO/2622/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |

    242 | Aceites vegetales/Aceite de colza No CAS: 8002-13-9 No CICAP: no asignado | Aceite de colza | El aceite de colza es una mezcla compleja de ácidos grasos. | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida y acaricida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del aceite de colza (SANCO/2623/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |

    243 | Aceites vegetales/Aceite de menta verde No CAS: 8008-79-5 No CICAP: no asignado | Aceite de menta verde | ? 550 g/kg de carvol | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como regulador del crecimiento vegetal.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del aceite de menta verde (SANCO/2624/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |



    Aceites de Parafina Aceite de parafina
    Nº CAS: 8042-47-5
    Nº CAS: 64742-46-7
    Nº CAS: 72623-86-0
    Nº CAS: 97862-82-3
    uso como Insecticida/Acaricida[/B]


    294 | Aceites de parafina No CAS: 64742-46-7No CAS: 72623-86-0No CAS: 97862-82-3No CICAP: (no consta) | aceites de parafina | "European Pharmacopoeia 6.0" | 1 de enero de 2010 | 31 de diciembre de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida o acaricida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión sobre los aceites de parafina nos CAS 64742-46-7, CAS 72623-86-0 y CAS 97862-82-3, y, en particular, sus apéndices I y II.Cuando sea conveniente, las condiciones de uso deberán incluir medidas adecuadas de reducción del riesgo.Los Estados miembros afectados deberán exigir:la presentación de las especificaciones del material técnico tal como se fabrique comercialmente, para comprobar el cumplimiento de los criterios de pureza de la "European Pharmacopoeia 6.0".Los Estados miembros velarán por que los notificantes proporcionen esta información
    a la Comisión antes del 30 de junio de 2010. |

    295 | Aceite de parafina No CAS: 8042-47-5 No CICAP: (no consta) | aceite de parafina | "European Pharmacopoeia 6.0" | 1 de enero de 2010 | 31 de diciembre de 2019 | PARTE ASolo se podrá autorizar los usos como insecticida o acaricida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión sobre el aceite de parafina no CAS: 8042-47-5, y, en particular, sus apéndices I y II.Cuando sea conveniente, las condiciones de uso deberán incluir medidas adecuadas de reducción del riesgo.Los Estados miembros afectados deberán exigir:la presentación de las especificaciones del material técnico tal como se fabrique comercialmente, para comprobar el cumplimiento de los criterios de pureza de la "European Pharmacopoeia 6.0".Los Estados miembros velarán por que el notificante proporcione esta información a la Comisión antes del 30 de junio de 2010. |



    Ácido acético Uso como Herbicida (está pendiente de ciertos matices)

    218 | Ácido acético No CAS: 64-19-7 No CICAP: no asignado | Ácido acético | ? 980 g/kg | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como herbicida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del ácido acético (SANCO/2602/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |



    Sales Potásicas Insaturadas C18 (Jabón Potásico de Aceite de Colza) Uso como Insecticida/Acaricida



    Adoxophyes orana granulovirus Uso como Fungicida

    Ampelomyces quisqualis
    Cepa: AQ 10
    Uso como Fungicida


    93 | Ampelomyces quisqualis Cepa: AQ 10 Colección de cultivos no CNCM I-807 No CICAP: aún no disponible | No procede | | 1 de abril de 2005 | 31 de marzo de 2015 | Solo se autorizarán los usos como fungicida. Para la concesión de las autorizaciones, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión sobre Ampelomyces quisqualis y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue aprobado por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal el 8 de octubre de 2004. |

    Arena de Cuarzo Uso como Repelente

    247 | Arena de cuarzo No CAS: 14808-60-7 No CICAP: no asignado | Cuarzo, dióxido de silicio, sílice, SiO2 | ? 915 g/kg Máximo de 0,1 % de partículas de sílice cristalino (con un diámetro inferior a 50 ?m) | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como repelente.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de la arena de cuarzo (SANCO/2628/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |



    Azadiractin Uso como Insecticida

    343 | Azadiractina No CAS: 11141-17-6 (como azadiractina A) No CICAP: 627 (como azadiractina A) | Azadiractina A: (2aR,3S,4S,4aR,5S,7aS,8S, 10R,10aS,10bR)-10-acetoxi-3,5-dihidroxi-4- [(1aR,2S,3aS,6aS,7S,7aS)- 6a-hidroxi-7a-metil- 3a,6a,7,7a-tetrahidro-2,7- metanofuro[2,3-b]oxireno[e]oxepin-1a(2H)-il]-4- metil-8-{[(2E)-2-metilbut-2- enoil]oxi}octahidro-1H- nafto[1,8a-c:4,5-b?c?]difuran-5,10a(8H)- dicarboxilato de dimetilo. | Expresada como azadiractina A ? 111 g/kg La suma de las aflatoxinas B1, B2, G1, G2 no deberá superar 300 ?g/kg de contenido de azadiractina A. | 1 de junio de 2011 | 31 de mayo de 2021 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de la azadiractina y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como se ultimó en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal
    el 11 de marzo de 2011.En esta evaluación general, los Estados miembros prestarán especial atención:a la exposición de los consumidores por la dieta, con vistas a futuras revisiones de los límites máximos de residuos,a la protección de los artrópodos y organismos acuáticos no objetivo. Cuando proceda, se aplicarán medidas de reducción de riesgos.Los Estados miembros afectados pedirán que se presente información confirmatoria con respecto a:la relación entre la azadiractina A y el resto de los componentes activos del extracto de semillas de neem con respecto a su cantidad, actividad biológica y persistencia, a fin de corroborar el planteamiento del principal compuesto activo en relación con la azadiractina A y la especificación del material técnico, la definición de residuo y la evaluación de riesgos para las aguas subterráneas.Los Estados miembros afectados velarán por que el solicitante proporcione esta información a la Comisión, a más tardar, el 31 de diciembre de 2013. |





    Azufre Uso como Fungicida/Acaricida

    292 | Azufre No CAS: 7704-34-9 No CICAP: 18 | Azufre | ? 990 g/kg | 1 de enero de 2010 | 31 de diciembre de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como fungicida y acaricida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009 se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del azufre y, en particular, sus apéndices I y II, tal como se aprobaron definitivamente en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal el 12 de marzo de 2009.En esta evaluación general, los Estados miembros deberán prestar especial atención a los siguientes aspectos:la protección de las aves, los mamíferos, los organismos acuáticos y las artrópodos no diana; cuando proceda, las condiciones de autorización deberán incluir medidas de reducción del riesgo.Los Estados miembros afectados velarán por que el notificante presente a la Comisión información adicional para confirmar la evaluación del riesgo para los
    organismos no diana, en particular, las aves, los mamíferos, los organismos habitantes de los sedimentos y los artrópodos no diana. Velarán, asimismo, por que el notificante a instancia del cual se ha incluido el azufre en el presente anexo facilite dicha información a la Comisión a más tardar el 30 de junio de 2011. |




    Bacillus subtilis*
    Cepa: QST 713 = AQ 713
    Bacillus thuringiensis subsp. Aizawai
    Cepa: ABTS-1857
    Cepa: GC-91
    Uso como Insecticida


    138 | Bacillus subtilis (Cohn 1872) Cepa QST 713, idéntica a la cepa AQ 713 Colección de cultivos no NRRL B -21661 No CICAP: Sin asignar | No aplicable | | 1 de febrero de 2007 | 31 de enero de 2017 | PARTE ASolo podrán autorizarse los usos como fungicida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del Bacillus subtilis, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal el 14 de julio de 2006. |

    Bacillus thuringiensis subsp. Israeliensis
    Cepa: AM65-52
    Uso como Insecticida

    Bacillus thuringiensis subsp. Kurstaki
    Cepa: ABTS351
    Cepa: PB 54
    Cepa: SA 11
    Cepa: SA 12
    Cepa: EG 2348 [/SIZE] Uso como Insecticida [/B]

    Bacillus thuringiensis subsp.
    Tenebrionis
    Cepa: NB 176 (TM 14 1)
    Uso como Insecticida


    193 | Bacillus thuringiensis subsp. aizawai CEPA: ABTS-1857 Colección de cultivos no SD-1372 CEPA: GC-91 Colección de cultivos no NCTC 11821 | No aplicable | Ninguna impureza relevante | 1 de mayo de 2009 | 30 de abril de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones de los informes de revisión de Bacillus thuringiensis subsp. Aizawai ABTS-1857 (SANCO/1539/200:icon_cool: y GC-91 (SANCO/1538/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fueron adoptados en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.Cuando proceda, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |

    194 | Bacillus thuringiensis subsp. israeliensis (serotipo H-14) CEPA: AM65-52 Colección de cultivos no ATCC-1276 | No aplicable | Ninguna impureza relevante | 1 de mayo de 2009 | 30 de abril de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de Bacillus thuringiensis subsp. israeliensis (serotipo H-14) AM65-52 (SANCO/1540/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.Cuando proceda, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |

    195 | Bacillus thuringiensis subsp. kurstaki CEPA: ABTS351Colección de cultivos no ATCC SD-1275CEPA: PB 54Colección de cultivos no CECT 7209CEPA: SA 11Colección de cultivos no NRRL B-30790CEPA: SA 12Colección de cultivos no NRRL B-30791CEPA: EG 2348Colección de cultivos no NRRL B-18208 | No aplicable | Ninguna impureza relevante | 1 de mayo de 2009 | 30 de abril de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones de los informes de revisión del Bacillus thuringiensis subsp kurstaki ABTS 351 (SANCO/1541/200:icon_cool:, PB 54 (SANCO/1542/200:icon_cool:, SA 11, SA 12 y EG 2348 (SANCO/1543/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fueron adoptados en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.Cuando proceda, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |

    196 | Bacillus thuringiensis subsp. Tenebrionis CEPA: NB 176(TM 14 1) Colección de cultivos no SD-5428 | No aplicable | Ninguna impureza relevante | 1 de mayo de 2009 | 30 de abril de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de Bacillus thuringiensis subsp. tenebrionis NB 176 (SANCO/1545/200:icon_cool: y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.Cuando proceda, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |



    Beauveria bassiana
    Cepa: ATCC 74040
    Cepa: GHA
    Uso como Insecticida


    197 | Beauveria bassiana CEPA: ATCC 74040Colección de cultivos no ATCC 74040CEPA: GHAColección de cultivos no ATCC 74250 | No aplicable | Nivel máximo de beauvericina: 5 mg /kg | 1 de mayo de 2009 | 30 de abril de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones de los informes de revisión de Beauveria bassiana ATCC 74040 (SANCO/1546/200:icon_cool: y GHA (SANCO/1547/200:icon_cool:, y, en particular sus apéndices I y II, tal y como fueron adoptados en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.Cuando proceda, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |


    Carbonato cálcico Uso como repelente

    224 | Carbonato de calcio No CAS: 471-34-1 No CICAP: no asignado | Carbonato de calcio | ? 995 g/kg | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como repelente.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del carbonato de calcio (SANCO/2606/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |


    237 | Piedra caliza No CAS: 1317-65-3 No CICAP: no asignado | No consta. | ? 980 g/kg | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como repelente.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de la piedra caliza (SANCO/2618/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |




    Compuestos de cobre:
    Hidroxido cúprico
    Oxicloruro de cobre
    Oxido cúprico
    Caldo bordelés
    Sulfato tribásico cúprico
    Uso como Fungicida/Bactericida



    277 | Compuestos de cobre: | | | 1 de diciembre de 2009 | 30 de noviembre de 2016 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como bactericida y fungicida.PARTE BEn la evaluación de las solicitudes de autorización de productos fitosanitarios que contengan cobre para usos no relacionados con el cultivo de tomates en invernadero, los Estados miembros prestarán especial atención a los criterios mencionados en el artículo 4, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1107/2009, y velarán por que se faciliten todos los datos y la información necesarios antes de conceder dicha autorización.Para la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de los compuestos de cobre y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como se aprobó en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal el 23 de enero de 2009.En esta evaluación general, los Estados miembros deberán prestar
    especial atención a:las especificaciones del material técnico tal como se fabrique comercialmente, que deberán confirmarse y fundamentarse mediante datos analíticos apropiados; el material de prueba utilizado en los expedientes de toxicidad deberá compararse y verificarse en relación con estas especificaciones del material técnico,la seguridad de los operarios y demás trabajadores, a cuyo efecto deberá estipularse en las condiciones de uso la utilización de equipos de protección individual adecuados cuando sea conveniente,la protección del medio acuático y de los organismos no diana; en relación con estos riesgos determinados, deberán aplicarse, cuando sea conveniente, medidas de reducción del riesgo, como zonas tampón,la cantidad de sustancia activa utilizada, velando por que las cantidades autorizadas, en términos de dosis y número de aplicaciones, sean las mínimas necesarias para alcanzar el efecto deseado.Los Estados miembros afectados pedirán que se presente información para controlar mejor:el riesgo
    por inhalación,la evaluación del riesgo para los organismos no diana y para el suelo y el agua.Velarán por que el notificado a instancia de cual se hayan incluido los compuestos de cobre en el presente anexo faciliten dicha información a la Comisión a más tardar el 30 de noviembre de 2011.Los Estados miembros lanzarán programas de vigilancia en zonas vulnerables en las que la contaminación por la presencia de cobre en el compartimento edáfico presente riesgo toxicológico, para, en su caso, fijar límites como índices máximos de aplicación. |

    Hidróxido de cobre No CAS: 20427-59-2 No CICAP: 44.305 | Hidróxido de cobre(II) | ? 573 g/kg |

    Oxicloruro de cobre No CAS: 1332-65-6 o 1332-40-47 No CICAP: 44.602 | Trihidroxicloruro de dicobre | ? 550 g/kg |

    Óxido de cobre No CAS: 1317-39-1 No CICAP: 44.603 | Óxido de cobre | ? 820 g/kg |

    Caldo bordelés No CAS: 8011-63-0 No CICAP: 44.604 | No asignado | ? 245 g/kg |

    Sulfato tribásico de cobre No CAS: 12527-76-3 No CICAP: 44306 | No asignado | ? 490 g/kg Las siguientes impurezas entrañan riesgos toxicológicos y no deben exceder los límites fijados a continuación: Plomo, máximo 0,0005 g/kg de contenido en cobreCadmio, máximo 0,0001 g/kg de contenido en cobreArsénico, máximo 0,0001 g/kg de contenido en cobre |




    Coniothyrium minitans*
    Cepa: CON/M/91-08 (DSM 9660)
    Uso como Fungicida


    71 | Coniothyrium minitans Cepa CON/M/91-08 (DSM 9660) No CICAP: 614 | Sin objeto | Consúltense los datos sobre pureza y control de la producción en el informe de revisión | 1 de enero de 2004 | 31 de diciembre de 2013 | Solo se podrán autorizar los usos como fungicida. Para la concesión de las autorizaciones, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión sobre Coniothyrium minitans, y, sobre todo, sus apéndices I y II, tal y como fue aprobado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal el 4 de julio de 2003. En esta evaluación general: los Estados miembros atenderán especialmente a la seguridad de los usuarios y de los trabajadores, y velarán por que las condiciones de autorización incluyan medidas adecuadas de protección. |



    Cydia pomonella Granulovirus
    (aislado mexicano)
    Cepa: GV-0001
    Cepa: 5072802
    Cepa: GV/0002
    Cepa: GV-0003
    Cepa: GV-0006
    Uso como Insecticida


    198 | Cydia pomonella Granulovirus (CpGV) | No aplicable | Microorganismos contaminantes (Bacillus cereus) < 1 × 106 CFU/g | 1 de mayo de 2009 | 30 de abril de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como insecticida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de Cydia pomonella Granulovirus (CpGV) (SANCO/1548/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.Cuando proceda, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |


    Etileno Uso como Fitoregulador

    227 | Etileno No CAS: 74-85-1 No CICAP: no asignado | Eteno | ? 99 % | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como regulador del crecimiento vegetal.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del etileno (SANCO/2608/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |



    Extracto de ajo Uso como Repelente/Insecticida/Nematicida

    231 | Extracto de ajo No CAS: 8008-99-9 No CICAP: no asignado | Extracto de ajo de uso alimentario | ? 99,9 % | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como repelente, insecticida y nematicida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del extracto de ajo (SANCO/2612/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |



    Extracto de algas marinas Uso como Fitoregulador

    252 | Extracto de algas marinas (antiguamente, extracto de algas marinas y algas marinas) No CAS: no asignado No CICAP: no asignado | Extracto de algas marinas | El extracto de algas marinas es una mezcla compleja. Sus principales componentes como marcadores son: manitol, fucoidan y alginatos. Informe de revisión (SANCO/2634/200:icon_cool: | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como regulador del crecimiento vegetal.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del extracto de algas marinas (SANCO/2634/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |



    Extracto del árbol de té ( Malaleuca alternifolia) Uso como Fungicida

    228 | Extracto del árbol del té (Melaleuca alternifolia) No CAS: aceite del árbol del té, 68647-73-4 Principales componentes: terpineno-4-ol 562-74-3gamma-terpineno99-85-4alfa-terpineno 99-86-51,8-cineol 470-82-6No CICAP: no asignado | El aceite del árbol del té es una mezcla compleja de diversas sustancias químicas. | Principales componentes: 4-terpinenol ? 300 g/kggamma-terpineno ? 100 g/kgalfa-terpineno ? 50 g/kgrastros de 1,8-cineol | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como fungicida.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del extracto del árbol del té (SANCO/2609/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |


    FEN 560 (fenugreek) (alholva en polvo de semillas) Uso como Fungicida

    308 | FEN 560 (también denominado fenogreco o semillas de fenogreco en polvo) No CAS: no asignado No CICAP: no asignado La sustancia activa se prepara a partir de semillas en polvo de Trigonella foenum-graecum L. (fenogreco). | No procede. | 100 % semillas de fenogreco en polvo sin aditivos ni extracción; semillas de calidad equivalente a los alimentos destinados al consumo humano. | 1 de noviembre de 2010 | 31 de octubre de 2020 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos para producir los mecanismos de autodefensa de los cultivos.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión del FEN 560 (semillas de fenogreco en polvo) y, sobre todo, sus apéndices I y II, tal y como se adoptó en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal el 11 de mayo de 2010.En esta evaluación global, los Estados miembros deberán atender especialmente a la
    protección de los operarios, trabajadores y transeúntes.En su caso, las condiciones de autorización incluirán medidas de reducción del riesgo.



    Feromonas de lepidopteros de cadena
    lineal:
    Acetato de (E)-5-decen-1-ilo
    Acetato de (E)-8-dodecen-1-ilo
    Acetato de(E/Z)-8dodecen-1-ilo
    Acetato de (Z)-8-dodecen-1-ilo
    Acetato de (Z)-9-dodecen-1-ilo
    Acetato de (E,Z)-7,9-dodecadien-1-ilo
    AT 2008/127/CE 1/9/2009 31/8/2019 31/8/2015 --
    9
    Acetato de (E)-11-tetradecen-1-ilo
    Acetato de (Z)-9-tetradeceb-1-ilo
    Acetato de (Z)-11-tetradecen-1-ilo
    Acetato de (Z,E)-9,12-tetradecadien-1-
    ilo
    Acetato de Z-11-hexadecen-1-ilo
    Acetato de (Z,E)-7,11-hexadecadien-1-
    ilo
    Acetato de (E,Z)-2,13-octadecadien-1-il

    GRUPO DE ALCOHOLES
    (E)-5-decen-1-ol
    (Z)-8-dodecen-1-ol
    (E,E)-8,10-dodecadien-1-ol
    Tetradecan-1-ol
    (Z)-11-hexadecen-1-ol
    GRUPO DE ALDEHIDOS
    (Z)-7-tetradecenal
    (Z)-9-hexadecenal
    (Z)-11-hexadecenal
    (Z)-13-octadecenal
    MEZCLAS DE ACETATOS
    i)Acetato de (Z)-8-dodecen-1-ilo
    ii)Acetato de dodecilo
    i)Acetato de (Z)-9-dodecen-1-ilo
    ii)Acetato de dodecilo
    i)Acetato de (E,Z)-7,9-dodecadien-1-
    ilo
    ii)Acetato de (E,E)-7,9-dodecadien-1-
    ilo
    i)Acetato de (Z,Z)-7,11-hexadecadien-
    1-ilo
    ii)Acetato de (Z,E)-7,11-hexadecadien-
    1-ilo
    MEZCLAS DE ALDEHIDOS
    i)(Z)-9-hexadecenal
    ii)(Z)-13-octadecenal
    MEZCLAS MIXTAS
    i)Acetato de (E)-5-decen-1-ilo
    ii)(E)-5-decen-1-ilo
    i)Acetato de (E/Z)-8-dodecen-1-ilo
    10
    i)Acetato de (E)-8-dodecen-1-ilo
    i)Acetato de (Z)-8-dodecen-1-ilo
    ii)(Z)-8-dodecen-1-ilo
    i)(Z)-11-hexadecenal
    ii)Acetatode Z-11-hexadecen-1-ilo
    Uso como Atrayentes


    255 | Cadena lineal de feromonas de lepidópteros | Grupo de acetatos: | Informe de revisión (SANCO/2633/200:icon_cool: | 1 de septiembre de 2009 | 31 de agosto de 2019 | PARTE ASolo se podrán autorizar los usos como atrayente.PARTE BPara la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de la cadena lineal de feromonas de lepidópteros (SANCO/2633/200:icon_cool:, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue adoptado en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.En su caso, las condiciones de uso deberán incluir medidas de reducción del riesgo. |


    Continúa....



    Jose Luis